Herencia sin testamento: pasos para repartir la herencia
27 de julio de 2026 · Lectura de 4 min
Cuando una persona fallece sin testamento, es normal que la familia no sepa por dónde empezar. Muchas veces hay una vivienda, cuentas bancarias, algún préstamo, recibos pendientes o varios familiares que no tienen claro qué les corresponde. La buena noticia es que una herencia sin testamento se puede tramitar, pero hay que seguir un orden para evitar problemas.
Lo primero es confirmar si realmente no existe testamento. Para ello se solicita el certificado de defunción y, después, el certificado de últimas voluntades. Este documento indica si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario. A veces la familia cree que no había testamento, pero al pedir este certificado aparece uno antiguo. Por eso, antes de repartir una herencia, vender una vivienda o mover dinero de una cuenta bancaria, conviene comprobarlo.
Si el certificado confirma que no hay testamento, el siguiente paso es hacer la declaración de herederos. Este trámite sirve para determinar quiénes son los herederos legales. No significa todavía repartir los bienes, sino identificar a las personas que tienen derecho a la herencia. Normalmente se hace ante notario mediante un acta de declaración de herederos o acta de notoriedad, aportando documentación familiar y, en muchos casos, con la intervención de testigos.
En una herencia sin testamento no decide la familia libremente quién hereda, sino que se aplica el orden previsto por la ley. De forma general, suelen tener preferencia los hijos y descendientes. Si no los hay, pueden entrar otros familiares, como ascendientes, cónyuge, hermanos, sobrinos u otros parientes, según el caso. Además, hay que tener en cuenta que en España pueden existir diferencias según la vecindad civil de la persona fallecida, especialmente en territorios con derecho civil propio, como Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares.
Una vez declarados los herederos, llega el momento de preparar la aceptación y reparto de la herencia. Aquí ya se revisan los bienes, deudas y derechos de la persona fallecida: viviendas, cuentas bancarias, vehículos, préstamos, recibos, seguros, ajuar doméstico o cualquier otro elemento que forme parte de la herencia. Es importante no mirar solo lo que se recibe, sino también las posibles deudas, porque aceptar una herencia sin revisar bien la situación puede generar problemas.
En muchos casos, los herederos firman una escritura de aceptación de herencia y adjudicación de bienes. Si todos están de acuerdo, el trámite puede avanzar de forma relativamente sencilla. El problema aparece cuando hay desacuerdo sobre el valor de una vivienda, cuando uno de los herederos vive en el inmueble, cuando alguien no quiere firmar, cuando existen donaciones anteriores o cuando no está claro qué dinero había en las cuentas antes del fallecimiento.
También hay que tener presentes los impuestos. En una herencia suelen aparecer el impuesto de sucesiones y, si hay inmuebles urbanos, la plusvalía municipal. Los plazos pueden ser importantes, y dejar pasar el tiempo puede provocar recargos o complicaciones. Por eso, aunque la familia todavía no tenga decidido qué hacer con los bienes, conviene revisar cuanto antes qué impuestos deben presentarse y si es posible solicitar una prórroga cuando proceda.
Otro punto habitual es el bloqueo de las cuentas bancarias. Cuando el banco tiene conocimiento del fallecimiento, normalmente exige acreditar quiénes son los herederos y qué parte corresponde a cada uno antes de permitir disponer del dinero. Por eso la declaración de herederos, la aceptación de herencia y la liquidación de impuestos suelen ser pasos necesarios para poder desbloquear saldos, cambiar la titularidad de una vivienda o vender un inmueble heredado.
Una herencia sin testamento puede complicarse si no se gestiona bien desde el principio. A veces no hay conflicto familiar, pero falta documentación. Otras veces todos saben quiénes son los herederos, pero no hay acuerdo sobre el reparto. Y en otros casos aparecen dudas sobre si conviene aceptar la herencia, renunciar a ella o aceptarla con cautela si existen deudas.
Si te encuentras ante una herencia sin testamento, lo más recomendable es ordenar primero la documentación, comprobar si existe testamento, identificar a los herederos legales y revisar los bienes y deudas antes de firmar nada. Con esos datos se puede valorar cuál es el camino más seguro para repartir la herencia y evitar conflictos entre familiares.
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